DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0214/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0214/2015

Fecha: 16-Dic-2015

Articulo 144 (Ejercicio de los cultos religiosos).-

Articulo 144 (Ejercicio de los cultos religiosos).- Es libre el ejercicio de cualquier culto religioso en el marco de la Constitución Política del Estado, Tratados y Convenios Internacionales y la normativa en vigencia, siempre que no contravengan las buenas costumbres de la sociedad y que su ejercicio no sea contrarias a las normas en vigencia.