DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0214/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0214/2015

Fecha: 16-Dic-2015

Fragmento 73

e.    La Ley sancionada por el Concejo Municipal y remitida al Órgano Ejecutivo, podrá ser observada por el Alcalde o Alcaldesa en el término de diez días hábiles desde el momento de su recepción. Si el Concejo Municipal estuviera en receso se contarán los diez días a partir de su reinicio de funciones.