DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0214/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0214/2015

Fecha: 16-Dic-2015

Artículo 175 (Espejos de agua).-

Artículo 175 (Espejos de agua).- De acuerdo a las políticas públicas establecidas en el marco de las normas vigentes, el Gobierno Autónomo Municipal, ejercerá la competencia exclusiva y concurrente, para proteger los espejos de agua, vertientes, las cuencas naturales existentes, y otros dentro de su jurisdicción Municipal, a través de criterios técnico-legales, en los siguientes actividades:

“Artículo 175 (Espejos de agua).- De acuerdo a las políticas públicas establecidas en el marco de las normas vigentes, el Gobierno Autónomo Municipal, ejercerá la competencia exclusiva y concurrente, para proteger los espejos de agua, vertientes, las cuencas naturales existentes, y otros dentro de su jurisdicción Municipal, a través de criterios técnico-legales, en los siguientes actividades: