DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0214/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0214/2015

Fecha: 16-Dic-2015

Artículo 181 (Representación y Organización de la sociedad civil).-

I.     La representación y organización de la sociedad civil, se garantiza, promueve, incentiva y fomenta la participación ciudadana y el control en la administración pública del Gobierno Autónomo Municipal a efecto de precautelar la eficiencia, eficacia, transparencia, el acceso amplio, oportuno y democrático de la información y la participación directa de los habitantes en la toma de decisiones y medidas del municipio.

II.   El Gobierno Autónomo Municipal, respeta y garantiza, la forma de organizarse u organización,  representación, procedimientos, usos y costumbres en todos los niveles y ámbitos de la sociedad civil, organizaciones sociales, pueblos interculturales, originarios y campesinos en la jurisdicción Municipal, salvo lo que establezca lo contrario en la legislación vigente.

III. En todos los procesos de elaboración de políticas públicas, prestación de servicios municipales, así como el seguimiento y evaluación del uso eficiente y transparente de los recursos y bienes municipales, la sociedad civil organizada realizara la intervención mediante participación ciudadana y control social de manera ordenada y oportuna, de acuerdo a los programas y mecanismos establecidos.