DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0214/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0214/2015

Fecha: 16-Dic-2015

Artículo 30 (Obligaciones del Gobierno Autónomo Municipal)

b.    Ejercer Todas las competencias exclusivas asignadas por la Constitución Política del Estado y aquellas facultades reglamentarias y ejecutivas cuando sean transferidas o delegadas, deberán ser asumidas obligatoriamente en función de su naturaleza, características y escala de intervención, al igual que aquellas exclusivas del nivel central del Estado que les corresponda en función de su carácter compartido, sujetas a la normativa en vigencia.

II. El Gobierno Autónomo Municipal de Entre Ríos, por mandato constitucional y popular, tiene la obligación de satisfacer las necesidades de desarrollo integral del municipio en lo que le corresponda a sus competencias, en un proceso de priorización de las necesidades humanas y ecológicas básicas, a las necesidades de poca vitalidad.