DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0214/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0214/2015

Fecha: 16-Dic-2015

por lo que la frase: “pudiendo además organizarse en otras  formas” del art. 17, resulta incompatible, consecuentemente el estatuyente deberá suprimir dicha frase del proyecto de norma institucional básica.

Por imperio del art. 271 de la CPE, la Ley Marco de Autonomías y Descentralización, en el art. 27. II, señala que: “la organización del espacio territorial del municipio en distritos municipales estará determinada por la carta orgánica y la legislación municipal”, advirtiéndose que la organización territorial del municipio es en distritos municipales, pudiendo ser en desconcentradas  y/o descentralizados; sin embargo, en el caso presente el estatuyente prevé otras formas de organización territorial, extremo que no es admisible, por lo que la frase: “pudiendo además organizarse en otras  formas” del art. 17, resulta incompatible, consecuentemente el estatuyente deberá suprimir dicha frase del proyecto de norma institucional básica.