DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0214/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0214/2015

Fecha: 16-Dic-2015

Artículo 98 (Presupuesto Municipal).-

Artículo 98 (Presupuesto Municipal).- El presupuesto municipal se hará en función a la estrategia de desarrollo municipal diseñado para el año, la disposición que establece la distribución de recursos, los requerimientos financieros y el techo presupuestario fijado para el año, en base a estimaciones del Ministerio del área, en lo que corresponde a las transferencias, y en base a las estimaciones de las recaudaciones propias, aplicando el sistema de presupuesto establecido por la legislación vigente.